3. LOS COMPORTAMIENTOS MERITORIOS
DE RECONOCIMIENTO
El Liceo tiene el compromiso de motivar a los estudiantes que mantengan conductas loables, dignas de ser ejemplo para los demás miembros de la comunidad educativa. Es deber de las autoridades del Liceo estimular a los estudiantes por el buen aprovechamiento y la buena actuación puesta de manifiesto en las distintas actividades de la vida estudiantil.
Estos reconocimientos tienen el objeto de desarrollar la formación humana del estudiante. No se utilizarán los reconocimientos para humillar a otros sino al contrario para ayudar y animar a la lucha individual y fortalecimiento del crecimiento.
Las menciones honoríficas grupales se otorgarán a los siguientes:
- Al grupo que haya logrado mayor autodisciplina;
- Al grupo que se haya distinguido por su colaboración y espíritu de servicio, en actividades y acontecimientos pedidos por las directivas, especialmente en labores sociales y en campañas para promover la consigna y los objetivos mensuales;
- Al equipo de cada deporte, en cada actividad y cuando participen en las olimpiadas;
- Al grupo que tenga buen comportamiento en salidas culturales y deportivas.
Las menciones personales son:
- Elogio personal en privado;
- Elogio personal en público;
- Encargos honoríficos;
- Participación en el Comité de Curso;
- Representación en concursos o festividades;
- Abanderados del colegio.
Los reconocimientos personales se otorgarán a los estudiantes que:
- Se distingan por alcanzar metas en formación del carácter: espíritu de servicio, cumplimiento responsable de sus deberes, compañerismo, etc.;
- Alcancen metas planteadas en los estudios;
- Demuestren un esfuerzo esmerado por servir a los demás;
- Realicen actividades deportivas sobresalientes;
- Enseñen interés y responsabilidad en ensayos y presentaciones;
- Culminen el tercer ciclo de primaria;
- Culminen el ciclo Diversificado;
- Hayan resultado ser los mejores estudiantes de cada nivel o curso;
- Obtengan los mejores promedios como egresados de cada promoción y en cada especialidad;
Los reconocimientos, aparte de la mención honorífica, podrán ser de otra índole siempre que así lo decida el Rector o el Vicerrector en su ausencia. En este sentido, individual o colectivamente, ante un continuo mejoramiento de la disciplina, los estudiantes podrán redimir total o parcialmente los correctivos que hayan recibido.
El sistema de becas estudiantiles que el Liceo otorga a sus estudiantes corresponderá a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Educación y su reglamento. Los beneficiarios de las becas estudiantiles serán elegidos por el Rector del Liceo, en base a la lista de estudiantes que elabore el Consejo Directivo, atendiendo a la situación personal y económica del estudiante así como a su rendimiento y disciplina. Los montos que correspondan a cada beca estudiantil serán determinados por el Rector.
3.1 EL ABANDERADO
El máximo estímulo que se otorga a un estudiante del Liceo es el ser elegido Abanderado. Tiene como fin el estímulo del patriotismo y superación. La elección y fecha de la ceremonia se realizará de acuerdo al Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación y a las disposiciones que emita el Ministerio de Educación.
Para recibir el estímulo señalado, los estudiantes deben reunir los siguientes requisitos:
- Ser ecuatoriano de nacimiento o por naturalización. En el caso de estudiantes extranjeros, el Liceo procederá a reconocer sus logros públicamente y tributar los honores académicos correspondientes;
- Estar legalmente matriculado y asistir normalmente a clases.
- Haberse distinguido por la colaboración, el compañerismo y el espíritu de servicio y solidaridad.
- Tener el más alto puntaje en aprovechamiento, obteniendo el resultado de la suma de los promedios globales desde 2do de Básica hasta 2do de Bachillerato;
- No haber obtenido correctivos por faltas muy graves y poseer una disciplina promedio mínima de dieciocho (18) puntos desde el 2do de Básica hasta el 2do de Bachillerato.
La escala de distinciones corresponderá a los puntos y promedios obtenidos:
- Abanderado del Pabellón Nacional;
- Abanderado del Estandarte del Liceo;
- Tercer y Cuarto Puestos: Escoltas del Pabellón Nacional;
- Quinto y Sexto Puestos: Escoltas del Estandarte del Liceo.
El acto cívico de proclamación del abanderado, la promesa y el juramento a la bandera de los estudiantes ecuatorianos del sexto grado y sexto curso, respectivamente, se realizarán el 27 de febrero. En este acto se proclamará también al portaestandarte del Liceo y a los miembros de las escoltas. El juramento a la bandera es obligatorio para todos los estudiantes ecuatorianos; quien se negare, no podrá incorporarse como bachiller.
Los estudiantes que, por circunstancias de fuerza mayor, no pudieren realizar juramento a la bandera en las fechas señaladas, lo harán en horas destinadas al civismo, antes de la finalización del año lectivo, con al autorización del Rector. |